En la audiencia de hoy por el juicio contra dirigentes sindicales por el incendio de Legislatura en 2019, un efectivo confirmó que la infiltración es una práctica normal en la Policía del Chubut y puso como ejemplo la lucha de FYRSA. Compartimos informe de la Comisión contra la Impunidad y por la Justicia.
Espionaje ilegal en Chubut
(Cómo el Estado utiliza la fuerza policial, para espiar y
armar causas a manifestantes).
Cuarta crónica del juicio contra representantes sindicales,
por incendio a Legislatura y Casa de gobierno.
Esta mañana se retomó la audiencia de juicio contra Goodman,
Ancaleo y Castro. En el día de hoy declararon Michael Barrera, Sub inspector
del Área Investigaciones, Miguel Ángelo Burgos, Oficial principal de Área
Investigaciones y Javier Lefipán, Jefe de Infantería, entre otros.
Barrera, se presenta a testificar, luego de haber presentado
ante la Fiscalía un informe de investigación, y material de video realizado por
él mismo, el día 17 de septiembre de 2019, vestido de civil y en un auto (según
sus propios términos) “no identificable”.
El testimonio comenzó con el relato de cómo él y varios de
sus compañeros, fueron enviados por el jefe del área, a realizar la tarea de
registro fílmico de las personas que se manifestaban ese día, desde
aproximadamente las 18 hs, y continuó con la descripción de los sucesos que
además de filmar, observó personalmente.
Inmediatamente luego de su testimonio, el equipo de
defensores de los acusados, el Dr. Miranda, la Dra. Fossati, y el Dr. Moyano,
solicitaron a la Jueza Tolomei dictamine la NULIDAD del informe, y plantearon
INCIDENCIA. La Jueza hizo lugar al pedido de la defensa, dio un cuarto
intermedio, para deliberar por casi más de media hora la decisión. La
resolución de Tolomei fue dar una especie de nulidad parcial a dicho informe,
permitiendo que solo sea introducido en el testimonio y la prueba, lo recabado
por Barrera solo y únicamente al momento de producirse los incidentes en
Legislatura y Casa de Gobierno. Y explicó extensa y claramente los fundamentos
de su decisión, los cuales son:
-En primer lugar, que la filmación, fotografía y seguimiento
de personas durante una protesta social o manifestación pacífica, constituye
una VIOLACIÓN A LOS DERECHOS Y GARANTÍAS DE LOS HABITANTES DE LA NACIÓN Y
VIOLACIÓN AL DERECHO DE RESERVA DE LAS PERSONAS.
-En segunda instancia, que según la Constitución Nacional,
estas prácticas solo se pueden llevar adelante por decisión de un Juez de
primera instancia, al previo requerimiento de dicho acto, dispuesto por un
Fiscal.
-También hizo mención a la ley de inteligencia, 25.520, en
su art 4to, donde figuran las prohibiciones de estas prácticas de espionaje, y
reprime con prisión de tres meses a un año, e inhabilitación especial por doble
del tiempo de condena al funcionario que incurriera en este delito.
Por último, aclara que la nulidad no es total ya que la
declaración que se expone en el juicio, es el testimonio de validez, y que solo
se autoriza el material obtenido por esa área, en el caso del delito en
flagrancia, entendiendo que esta constituye una tarea de prevención del delito.
Lo que reafirma lo que venimos denunciando desde esta
Comisión. Espionaje, que se produce en todas las manifestaciones, con personal
policial sin identificar y en carácter de infiltrados. Y que este tipo de
prácticas, luego son utilizadas con la finalidad del ARMADO DE CAUSAS CONTRA
MANIFESTANTES, REPRESENTANTES SINDICALES, Y ASAMBLEAS AMBIENTALES.
Por otro lado nos vemos en la obligación de denunciar, que
el Sub Inspector Michael Barrera, dijo que ESTAS PRÁCTICAS ( de espionaje y
registro) SE ESTAN LLEVANDO ADELANTE EN ESTE MOMENTO, EN EL ACTUAL CONFLICTO DE
TRABAJADORES DE PESCA, QUE SE ESTA LLEVANDO ADELANTE EN LA FÁBRICA FYRSA.
Por lo cual alertamos a los trabajadores de FYRSA, que están
siendo víctimas de este delito, y recomendando que modifiquen el estado de sus
redes sociales a “privado” o “solo amigos” ya que también se recaba información
desde sus redes sociales.
En su testimonio Miguel Angelo Burgos, que también pertenece
a investigaciones, declaró que su tarea era la de identificación de personas,
en todo el material de registro recolectado por los demás empleados del área, y
reconoció, HABER IDENTIFICADO MAS PERSONAS, Y OTRO VEHÍCULO TRAYENDO CUBIERTAS
AL LUGAR (contradiciendo a Barrera quien negó esta identificación), TAMBIÉN
RECONOCEN A QUIEN INICIA EL FUEGO, PERO QUE LUEGO VEN MAS PERSONAS CON SIMILAR
VESTIMENTA Y ENTONCES SE DESCARTAN.
Es decir, que las demás personas identificadas, que eran
varias, no están siendo juzgadas en este juicio.
Luego llega el turno de testificar de Javier Lefipán, Jefe
de infantería.
Lefipán declara que alrededor de las 22:05 recibe el llamado
de Gómez Ocampo, quien le dice que se acerque a Legislatura, ya que los
manifestantes se encontraban encendiendo cubiertas en la esplanada del
edificio, allí se dirige con 8 efectivos más, y observa alrededor de 50/60
personas en el lugar, y no intervienen por ser demasiados manifestantes, y que
en ese instante recibe un nuevo llamado de Ocampo, que le ordena dirigirse a
Casa de Gobierno.
Lefipán ya en Casa de Gobierno, cerca de las 00:15 ya del
día 18, decide por motus propio avanzar y disuadir a los manifestantes, porque
escuchaba pedido de ayuda de sus compañeros policiales desde dentro de Casa de
Gobierno, y así comienzan a disparar balas de goma y arrojar gases.
Lo que resulta curioso, es que Lefipán declara que en ese
momento, había mas de 250 personas en el lugar, siendo el número cinco veces
mayor al que vió el Legislatura previamente, es decir, que el argumento de no
disuadir a los manifestantes allí anteriormente, por la desproporción de
manifestantes-policías, cae por su propia declaración.
Así transcurrió la audiencia del día de la fecha,
evidenciando lo que ya hemos denunciado en varias oportunidades, PERSECUSIÓN,
CRIMINALIZACIÓN, CAUSAS ARMADAS Y ESPIONAJE ILEGAL A MANIFESTANTES Y
MOVIMIENTOS SOCIALES Y SINDICALES.
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